La Constitución confiere el poder de encargarse de la política exterior al gobierno federal, específicamente al presidente y al Senado. El presidente lidera a la hora de elaborar la política exterior de Estados Unidos como jefe de la diplomacia de la nación con la facultad constitucional de firmar tratados y nombrar embajadores. Esta autoridad, sin embargo, se la otorga la Constitución al Senado mediante el poder de “consejo y consentimiento”: no sólo el Senado deberá aprobar los nombramientos presidenciales o tratados, sino que también puede modificar los tratados.
El nombramiento del equipo original de representantes especiales de Obama fue considerado por muchos como una manera de facultar a dedo a altos cargos para instigar una política exterior “transformacional” sin someterlos a la confirmación del Congreso. El principal objetivo parecía ser demostrar el nuevo enfoque de Obama sobre la humildad americana y el acercamiento diplomático en contraste con el supuesto énfasis del “poder duro” de la administración de George W. Bush.
La Constitución confiere al gobierno federal el poder de hacer política exterior. Impide a los estados entrar en “cualquier tratado, alianza, o confederación”. En el seno del gobierno federal, la Constitución divide el poder de hacer política exterior entre el presidente y el Senado, dándoles una autoridad compartida para formular tratados y extender reconocimiento diplomático a otras naciones.
Nuestra conclusión es que los salarios de los maestros de la escuela pública son comparables a los pagados a trabajadores del sector privado con la misma capacitación, pero los más generosos beneficios marginales de los maestros de la escuela pública, incluida una mayor seguridad del empleo, convierten su compensación salarial total en un 52% más alta que los niveles normales del mercado, equivalente a un sobrecosto de más de $120,000 millones cargado a los contribuyentes anualmente.